...En consecuencia, no habiendo hecho acto de presencia la ciudadana DILIBER MARíA NIETO DE GARCÍA, al Segundo Acto Conciliatorio que se verificó en fecha veintiocho (28) de septiembre de 2011, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO EL PROCESO, iniciado con ocasión de la demandada de divorcio incoada por la mencionada ciudadana, en contra de su cónyuge, ciudadano CARLOS ENRIQUE GARCÍA. Así se decide. Notifíquese a la parte actora.-