Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación en la modalidad de efecto suspensivo ejercido por la profesional del derecho IVONNE PISTONI, Fiscal Trigésimo en colaboración con la Sala de Flagrancia del Ministerio Público del estado Miranda, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de septiembre del año en curso, por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó al ciudadano JHONATAN RAMÓN GARCÍA PÉREZ, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, contenida en artículo 242 numerales 3, 5 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal