DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de las ciudadanas YALIMETH SOFIA AZUAJE CANCHICA Y YESLIN COROMOTO AZUAJE CANCHICA, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V 10.871.192 y V-10.822.619, respectivamente, sobre unas bienhechurias consistentes de una UNA VIVIENDA FAMILIAR sobre un terreno de propiedad del instituto nacional de tierra (INTI)