Se embargo ejecutivamente un bien inmueble propiedad de la parte demandada en vista de que el Tribunal constato de estar en presencia del mismo con el documento de propiedad consignado por la parte demandada y con la exposicion del perito avaluador lo cual concordo con los datos del documento de propiedad. Asimismo, el Tribunal notifico a la poseedora del inmueble para el momento de constitucion del Tribunal quien confirmo de que el mismo es propiedad de los demandados amen de que la notifico de la mision del Tribunal y la insto a comunicarse con los demandados con lo cual se garantizo su derecho a la defensa