"... este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia, ejercido por la abogada Judith Orellana, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada. SEGUNDO: SE AFIRMA la competencia de los juzgados que integran este Circuito Judicial del Trabajo, con sede en la ciudad de Guarenas, para conocer, tramitar y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, interpuesta por el ciudadano JUAN BAUTISTA GARCÍA, en contra la ALCALDÌA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ACEVEDO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, ambos plenamente identificados a los autos. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión ..."