DECLARA INADMISIBLE POR CAUSAL SOBREVENIDA la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano NAIRETH GARCÍA FIGUERA y CARLOS YANCE MORALES, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano DICKSON CHRISTIAN RODRÍGUEZ RIVERO, titular de la cédula de identidad V-17.475.848, conforme con lo reiterado en Jurisprudencia por la Sala Constitucional de nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a lo establecido en el artículo 6 en su numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Líbrense las notificaciones correspondientes