Emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por la Profesional del Derecho LAURA OLGA DELASCIO BARRIOS, en su carácter de Defensora Pública Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas de los imputados: RIVAS ESPINOZA JOSE FRANCISCO y CRESPO DE AVILA CARLOS ROBERTO contra la decisión emanada del Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, dictada en Audiencia celebrada el 21 de octubre de 2005, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COATORIA, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación al artículo 83 ambos del Código Penal reformado.