Acuerda: Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a las ciudadanas ZAMBRANO FUENTES YASMINI, SOTO ALEJANDRINA Y FLORES CARMEN MARINA, Portadoras de la cedula de identidad N° 9.120.790, 8.709.066 y 1.893.551, respectivamente; de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 108 numeral 6 y 318 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-