DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 8° en concordancia con el 258 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del Ciudadano LOPEZ BLONDER RODOLFO ANTONIO, Venezolano, mayor de edad y Titular de la Cédula de identidad Nº-14.480.308, soltero, sin residencia estable, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, la cual consiste en que dicho Ciudadano, deberá presentar dos fiadores que en su conjunto acrediten ante este Tribunal la cantidad de cincuenta (50) Unidades Tributarias y que den cumplimiento a lo establecido en el artículo 258 de la norma adjetiva Penal, toda vez, que dicho ciudadano no ha demostrado querer someterse a la persecución penal, y una vez de haga efectiva dicha fianza, deberá presentarse por ante este tribunal cada 8 días, haciéndole la salvedad que el incumplimiento de esta medida será causal de revocatoria por parte de.....