"... este Tribunal Cuarto de Juicio de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE, para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JUAN ALBERTO LUGO CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-16.557.324, contra la empresa DROGUERIA NENA C.A., en virtud del incumplimiento de lo ordenado en la Providencia Administrativa Nº 352-2009, dictada en fecha 07-05-2009, por la Inspectoria del Trabajo "JOSE RAFAEL NUÑEZ TENORIO". con sede en Guatire, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos a favor del ciudadano JUAN ALBERTO LUGO CASTILLO, que corre inserto al expediente Administrativo Nº 030-2008-01-01119.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de .....