CONDENA al ciudadano: HENRY ANTONIO PEREZ CARMONA, plenamente identificado al comienzo de la presente acta, a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificado en los artículos 5 y 6 numeral 1 de la ley Orgánica sobre Hurto y Robo de vehículo Automotor, en perjuicio de DEIBIS JESUS MIJARES TORRES, todo de conformidad con el artículo 375 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.