PRIMERO: Con el fin de dar por concluido el presente juicio, la parte demandada ofrece pagar a la parte demandante la suma de SIETE MIL BOLIVARES (7.000,00 BsF). Dicho monto comprende los siguientes conceptos: Prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, indemnización por despido. SEGUNDO: Dicho monto de SIETE MIL BOLIVARES (7.000,00 BsF), será pagado por la empresa demandada, el día treinta (30) de enero de 2014, por ante la URDD de este circuito judicial, mediante cheque No Endosable, a nombre de la trabajadora. TERCERO: El trabajador y su representación judicial manifiestan estar satisfechos con el presente acuerdo. Finalmente, ambas partes solicitaron al Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo estable.....