Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos NINO REMO DI SERAFINO AMATUCCI y MARÍA ALEXANDRA NATH de DI SERAFINO, titulares de las cédulas de identidad nro. 6.843.584 y 13.929.402, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintitrés (23) de diciembre del año dos mil (2000), ante el Registro Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda, según consta de Acta Nº 204, Folio Nº 204, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios por Artículo 66, durante el Año 2000.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, con inclusión de la copia de la present.....