Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de a ciudadana RUTH RANGEL, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad número V-13.137.288, sobre unas bienhechurías, con un área de construcción de CIENTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHO CENTÍMETROS (194,08 Mts2) comprendida de la siguiente manera: consiste en la elaboración de una estructura de concreto, paredes de bloques con friso liso, estructura de techo de concreto, techo de plata-banda, piso de cerámica y cemento pulido, instalaciones eléctricas embutidas, ventanas de hierro y rejas protectoras y puertas de hierro, con un ambiente formado por una (01) sala, cinco (05) dormitorios, una (01) cocina, dos (02) baños, y un (01) comedor, el cual se encuentra construido sobre un terreno municipal con .....