De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado MAIKY ANTONIO FLORES CASTRO, venezolano, de 25 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, nacido en fecha 19-08-88, de estado civil soltero, de oficio indefinido, hijo de Melquíades Flores (v) y Soledad Castro (v), residenciado en el Sector Sùcuta, Los Mamones, Barrio Nuevo, Calle Principal, casa Nª 31, Ocumare del Tuy Estado Miranda, identificado con la cèdula de identidad nùmero 19.859.448. a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÒN, por su responsabilidad admitida en la comsiòn del delito atribuido por la Fiscalìa Novena del Ministerio Pùblico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en la acusaciòn correspondiente, como lo es HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artìculo 406 numeral 1ª del Còd.....