ORDENA: Sustituir la medida privativa de Libertad por la medida de Libertad asistida al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA todo conforme al articulo 647 literal e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es revisar las medidas una vez cada seis meses para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosa