En consecuencia la pena aplicable en definitiva a los Ciudadanos RAMOS MIGUEL ANGEL, nacionalidad: venezolano, natural: Caracas, fecha de nacimiento: 6-11-1975, edad 28 años, de profesión u oficio Obrero, de padres Santos Martínez y Aurora Ramos, domiciliado en San Miguel de Cúa, calle unión casa Nro. 36, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.614.428 y ORLANDO JOSE AVILES, nacionalidad: venezolano, natural: Ocumare del Tuy, fecha de nacimiento: 21-8-1978, edad 26 años, de profesión u oficio Obrero, de padres Marcelimo Herrera y Ana Aviles, domiciliado en El conde, calle La Cruz, casa sin número. Cua, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.967.889, es de un (1) año y nueve (9) meses de prisión por la comisión del delito de encubrimiento en el delito de Homicidio Calificado y el Ocultamiento de armas de fuego, sin porte de arma correspondiente, con la concurrencia real de delitos, cuya penalidad se encuentra establecida y sancionada en los artículos 255 del Código Penal, e.....