Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta al ciudadano KENNEDY JOSE VELASQUEZ MORILLO, titular de la Cédula de Identidad N° indocumentado, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 05 de abril del año 2005. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.