emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO, entre el acusado IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS DE CARÁCTER GRAVE, previsto en el artículo 420 en relación con el artículo 415 ambos del Código Penal, y la víctima ciudadana WENDY MARLI HERNANDEZ CORTEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 565 y 566 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Con la lectura y firma del acta de audiencia quedaron las partes debidamente notificadas de lo aquí acordado conforme lo establece el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal................