ACUERDA CONCEDER UN PLAZO DE CINCO (05) DIAS HÁBILES, contados a partir de la presente fecha, para que el ciudadano ISIDORO GALLO RINCON, Abogado en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nro. 44.486, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos LIGIA MAYORCA YANES y RAUL ENRIQUE SALMERON, en contra del ciudadano OSCAR JESUS MANRIQUE ROJAS, subsane el defecto de forma contenidos en el numeral 7 del artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 407 ejusdem.