En mérito de las consideraciones realizadas en los capítulos anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre del a República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA intentada por: NANCY MIREYA COLMENARES DE RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.214.566, residenciada en la Avenida Ferrero Tamayo, Conjunto Residencial La Arboleda Segunda Etapa, Edificio Chaguaramo, piso 4, apartamento P4-B, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en contra de: JULEIMA LISSETTE RANGEL COLMENARES,
venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.....