NIEGA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de Destino a Establecimiento Abierto (Régimen Abierto), a la ciudadana YHAJAIRA ELENA GONZÁLEZ CORREA, titular de la cédula de identidad N° V-16.368.980; por no reunir todos los requisitos exigidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara Sin Lugar, la solicitud interpuesta en fecha 28/04/2005 por la penada ut supra identificada y su Defensa Pública, Dra. Maritza Materán Pérez.
Notifíquese a las partes, conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de la norma adjetiva penal.