se pronuncia de la siguiente manera: PRIMERO: SE ADMITE la acusación presentada en contra del joven IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 460, concatenado con el artículo 80 último aparte del Código Penal derogado ahora 458, concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JONATHAN RAFAEL LOZADA COHEN, por los hechos acaecidos en fecha 19 de Octubre de 2.004, siendo aproximadamente las 07:00 horas de la noche del referido día, los funcionarios adscritos a la Región Policial Nro. 06, se encontraban realizando un recorrido por el sector de la plaza de los flojos, Guarenas, Municipio Plaza, se desplazaban por la Calle Páez, y en ese instante se percatan que dos ciudadanos se encontraban forcejeando, y al momento de observar a la comisión policial, emprenden veloz huida, se separan y al momento, el funcionario JESUS GOMEZ, le da alcance y amparado en el ar.....