Oídos los alegatos de las partes en el acto de la audiencia preliminar celebrada en la presente fecha, de conformidad a las formalidades requeridas en los artículos 329 y 330 del Código Orgánico Procesal Penal, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION BARLOVENTO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda el siguiente pronunciamiento: UNICO: De conformidad a lo previsto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA AUTO DE APERTURA A JUICIO en contra del ciudadano FREIDDIN MARTIN MARRERO ZAMORA, quién es venezolano, nacido el 13/02/82, de 23 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-16.027.642, de profesión u Oficio: Soldador, hijo de Castor Martín Marrero (f) y Carmen Marlene Zamora (v), domiciliado en: Higuerote, Sector La Ceiba, rancho de zinc (cerca de un caño, cerca de .....