...PRIMERO: Se determina que el ciudadano GIOVANNY RAFAEL AVILAN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad personal número V-13.231.067, lleva privado de su libertad, a la fecha, y con ocasión de esta causa penal, un lapso de tiempo de DOCE (12) AÑOS y CUATRO (04) DÍAS, pero siendo que en el día de hoy, veintinueve (29) de septiembre de este año dos mil ocho (2008), de conformidad con los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, emitió pronunciamiento este órgano jurisdiccional declarando la redención de la pena del ciudadano en cuestión por un tiempo de UN (01) MES, VEINTIÚN (21) DÍAS y DOCE (12) HORAS, es por lo que, adicionando ello al tiempo previamente precisado en cuanto a privación de libertad, se advierte que la persona del condenado ha cumplido para la presente fecha, DOCE (12) AÑOS, UN (01) MES, VEINTICINCO (25) DÍAS y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de presidio de DOCE (12) AÑOS, DOS (02) ME.....