...se evidencia que este Juzgado, carece de competencia territorial para admitir la presente demanda y en atención al principio de celeridad procesal contemplado en el artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena su inmediata remisión a la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con el objeto que se distribuya la misma por ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines de su conocimiento y decisión.-