...En este mismo momento la parte demandante manifiesta tener una sentencia que revoca dicha jubilación ante el Consejo de la Asamblea Legislativa del estado Miranda y consigna copia simple de la aludida sentencia conocida por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo según Exp. Nº AP42-N-2011-000071. La Representación Fiscal expone visto la documentación presentada que está conforme ya que la sentencia revocatoria es posterior al oficio presentado por la parte demandada. Sigue en su exposición el Sindico Procurador diciendo que será incluido el pago en el Presupuesto 2012, lo que la parte demandada objeta. Acto seguido toma la palabra la Directora de Administración de la Alcaldía; propone que se cancele los tres meses restantes del año 2011, en procura de no comprometer el presupuesto 2012, con pasivos y se mantiene la disposición de inclusión en el Presupuesto 2012 para continuar cancelándole su jubilación Esta ejecutora solicita la opinión de la parte actora a los fines.....