declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos CARMEN PASTORA AGUILAR de DIAZ, mayor de edad, venezolana, de estado civil viuda, de oficios del hogar, hábil en Derecho, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-9.038.666; PEDRO CELESTINO MARAIMA, mayor de edad, venezolano, de estado civil soltero, de oficios comerciante, hábil en Derecho, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.017.703; JESUS RAFAEL MARAIMA, mayor de edad, venezolano, de estado civil soltero, de profesión comerciante, hábil en Derecho, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.133.046; y LEONARDO CELESTINO DÍAZ MARAIMA, mayor de edad, venezolano, de estado civil soltero, de profesión comerciante, hábil en Derecho, titular de la cédula de identidad N° V-6.230.813, en su condición de causahabientes (Viuda e hijos respectivamente), son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RAMÓN DÍAZ CARMONA, quien falleció ab-intestato, .....