Este Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer de la APELACION ejercida por la parte demandada contra la sentencia de fecha 04 de octubre del 2011 por el Juzgado del Municipio Urdaneta de esta misma Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta misma Circunscripción Judicial, para lo cual se ordena remitir mediante oficio las presentes actuaciones a los fines que conozca la misma, una vez quede firme la presente decisión, tal como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.