En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO, la decisión de fecha 23 de noviembre de 2013, dictada por el TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA EXTENSIÓN VALLES DEL TUY, mediante la cual el prenombrado Órgano jurisdiccional otorgó a los ciudadanos WALTER EDUARDO ROSAS GONZALEZ y RAFAEL ANTONIO ROMER, mayores de edad, de nacionalidad venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.645.383 y 16.708.016, respectivamente, la Libertad sin Restricciones, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 453 numerales 1º y 9º del Código Penal. En consecuencia se anulan los actos subsiguientes a la decisión anu.....