En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy, decreta SIN LUGAR la solicitud presentada, en virtud de ello, se acuerda mantener la MEDIDA PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha 28 de marzo de 2010, a la ciudadana GABRIEL JOSE MACHADO GARCIA , al no haber variado las circunstancias que motivaron dicha medida, por encontrarse llenos los extremos exigidos por los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (E)
ROBINSON SUAREZ ROMANO
LA SECRETARIA
MIXXER SALVATIERRA
Líbrese la correspondiente notificación, al Fiscal del Ministerio Publico y a la defensa.
LA SECRETARIA
MIXXER SALVATIERRA