...Ahora bien, de una revisión efectuada al contenido de la Inspección Judicial, se observa que para dejar constancia de los particulares I y II de dicha solicitud, se requiere realizar preguntas o interrogatorio, lo cual escapa a la naturaleza propia de la Inspección Ocular, por tal motivo, el Tribunal niega lo peticionado, debido a que tales hechos no son apreciables a simple vista, requiriéndose de otros medios para su evacuación.