SE DECLARA COMPETENTE para conocer y resolver el presente asunto al Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circulito Judicial Penal Extensión Barlovento, en atención, con lo pautado en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Queda así resuelto, el conflicto de competencia de no conocer, planteado ante este Órgano Superior Colegiado.