Primero:, CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado HECTOR HONORIO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 25.105, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano JOSE MANUEL DE ABREU DE CAIRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.697.451, contra la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2013, por el Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Cúa.
Segundo: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2013, por el Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Cúa, que declarara INADMISIBLE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesto por el ciudadano JOSE MANUEL DE ABREU DE CAIRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.697.451, contra el ciudadano AHMAD ZAMZAM, Venezolano, mayor de edad y titula.....