...Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: 1) CON LUGAR la demanda propuesta por la parte accionante, permitiéndole a éste prestar los servicios que le fueron contratados como anestesiólogo en la sede de la demandada reconviniente, debiendo ésta, consecuentemente, cancelarle lo que aquél dejó de percibir como ingreso mensual desde el 24 de abril de 2002, inclusive, hasta la fecha en que quede definitivamente la sentencia, inclusive, para lo cual se ordena practicar experticia complementaria del fallo, para que luego de determinado, por los expertos que al efecto se designen, el promedio mensual de ingresos del demandante para los años 2001 y 2002 los cuales aparecen relacionados en la prueba de informes cursante a los folios 113 al 115, ambos inclusive.....