EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de NELSON DANIEL GONZÁLEZ FLORES, venezolano, de 30 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.158.226, residenciado en Carretera Vieja Caracas Los Teques, Sector La Esperanza, Casa s/n, Los Teques, Estado Miranda; por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 30 de diciembre de 1999, por ser autor responsable del delito de ROBO GENÉRICO y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previstos y sancionados en los artículos 457 y 415, ambos del Código Penal. Todo conforme a lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 103 y 34 del Código Penal.