Por lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MARILUBI ERSILIA TORRES VILLEGAS Y JOSE LUIS SALCEDO VALERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.671.250 y V-11.159.157, respectivamente.
En consecuencia, se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral Departamento Libertador, hoy Municipio Libertador, del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, Caracas, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio bajo el Nº 84, folio 84, de los Libros de Matrimonio Civil llevados por la referida oficina para el año 1989, cuya copia certificada cursante al folio 05 del present.....