...PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por las ciudadanas REBECA FERNANDEZ MARTINEZ Y RHONA ARACELYS FERNANDEZ MARTINEZ venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.285.611, en su carácter de herederas de la De Cuyus Aracelys Coromoto Martínez, arrendadora original, representada por la Abogada MARIA LOURDES GUAIQUERANO, profesional del Derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 79.727, conforme Poderes que cursan a desde el folio 9 hasta el 17 ambos inclusive), contra el ciudadano LUIS ERNESTO SARRAMERA MAGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad N° V-8.362.885, en su carácter de arrendatario, representado por la Abogada BEATRIZ CAROLINA GARCIA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 162.007, conforme poder apud acta conferido ante la Secretaria de este Tribunal en fecha 10-02-2012 (folio 70 y su vto.).- ASÍ SE DECIDE.