Primero: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por el Nelson Cornieles Romanace, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 36.066, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ARTURO RAMÓN RONDÓN MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-18.129.704, contra la decisión proferida en fecha 20 de octubre de 2011, por el Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, la cual queda CONFIRMADA, bajo las consideraciones expuestas en este fallo.
Segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
Tercero: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Cuarto: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.