ADMITE el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho NOHENGRY MENDOZA, Fiscal Vigésima Séptima (27ª) del Ministerio Público a nivel Nacional y GLADYS VALERA, en su condición de Fiscal Décima Novena (19ª) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, contra la decisión emanada por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Miranda extensión Barlovento, proferida en data 30 de septiembre de 2.013, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional acordó la entrega de entrega de la HACIENDA PANAPO LA GUARDIA, de conformidad con los artículos 185 y 186 de la Ley Orgánica de Drogas y el artículo 585 numeral 3 del Código de Procedimiento Civil.