DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 280 y último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano GUZMAN ALMEIDA JEAN CARLOS, de Nacionalidad: Venezolana, nacido en Santa Lucia del Tuy Estado Miranda, Cédula de identidad: 18.181.358, de 22 años de edad, nacido el 30-03-1983, de profesión u oficio: Ayudante de albañilería, de estado civil soltero , hijo de NELLY ALMEIDA (V) y DAMASO GUZMAN (V) residenciado en : Las Brisas de Macuto calle principal casa sin numero en la casa de alimentación Santa Lucia del Estado Miranda, por la presunta comisión de los delitos.....