Por todos los razonamientos antes expuestos, y que revisado una vez más tal computo, constatado como ha sido el cumplimiento de la Medida Sancionatoria impuesta al ciudadano ________________________, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, ordena la CESACION de la medida de Servicios a la Comunidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 625 y 647 literal “H” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; de ________________________, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 645 ejusdem.