....Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara improcedente la solicitud de extinción del proceso planteada por el nuevo apoderado judicial de la parte demandada, de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-