antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus WOLFGANG JOSE ARIAS DIAZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.377.728, a su esposa BETTY MARGOTH WILCHES DE ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.119.785, y a sus tres (3) hijos MILDRED ESTHER ARIAS DE COLINA, MARIA RAQUEL ARIAS WILCHES Y WOLFGANG JOSE ARIAS WILCHES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.316.557, V-V-15.316.556 y V-15.912.666, correlativamente. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil