Emite los siguientes pronunciamientos:
PUNTO PREVIO: El Tribunal declara SIN LUGAR, las observaciones hechas por la defensa por cuanto las mismas se refieren al escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, siendo extemporáneas por no haber sido opuestas en su oportunidad legal correspondiente.
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JHON ENRIQUE TORRES RODRIGUEZ, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 16.675.128, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, donde nació el 12-10-1980, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en La Guaira, Vía Carayaca, Sector La Esperanza, casa S/N, de color rosado, llegando a la redoma, casa de la señora Alejandrina Castro y La Macarena Sur, Callejón Libertador, casa Nro. 55, de color verde, Los Teques, Estado Miranda, (casa de la Señora Maribel Castro, mamá) teléfono (0414) 228-14-81, hijo de MARI.....