este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA FALTA DE JURISDICCIÓN para el conocimiento de la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS interpuesta por el ciudadano ANTONIO JOSÉ ALTUVE RIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 9.984.080, en contra de la sociedad mercantil FRIGORÍFICO SAMÁN PLAZA, C.A., sociedad mercantil legalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, asentado bajo el Nº 55, Tomo 452-A-Sgdo de fecha 28 de agosto de 1996.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.