declara CON LUGAR la solicitud del abogado defensor del imputado JORGE PAULO MORALES, titular de la cedula de identidad Nª 18.134.876 y acuerda revisar la medida cautelar sustitutiva dictada en su contra, acordándose así, el CESE de las presentaciones , todo conforme lo establece el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.