DISPOSITIVA
En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO MIXTO NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
DECLARA INOCENTE POR UNANIMIDAD Y ABSUELVE al ciudadano WILFOR ANDRES OCAMPO CARMONA, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 03 de julio de 1984, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.393.857, residenciado en la Blanca, calle La Colina de Bolívar, casa sin número, color verde a 200 metros bajando de la mueblería Las Cabañas, Municipio Guasimos, Estado Táchira, por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión y PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en perjuicio .....