DECLARA IMPROCEDENTE EL TRÁMITE DE CONSULTA de la decisión dictada por el Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de esta Extensión Judicial en fecha 22 de julio de 2013 mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer y decidir en la causa Nº 1U-1356-13 contentiva de la acción de amparo constitucional solicitada mediante escrito presentado por ante la Oficina de Alguacilazgo en fecha 16 de julio de 2013 por la ciudadana MARIFEL PINO ARVELO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.819.818 en contra de la presunta agraviante, ciudadana MARÍA ELENA GERDLER de SIRÁN, portadora de la cédula de identidad Nº V-4.169.369 respectivamente, de conformidad con lo establecido en Jurisprudencia reiterada y de carácter vinculante del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, y en concordancia con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.