PRIMERO: Admite totalmente la acusación del Ministerio Público, en contra de los adolescentes PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, anteriormente identificado, por el delito de de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, establecida en los artículos 5 y 6, ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos y por los delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO conformándose así el CONCURSO REAL DE DELITOS, delitos estos contenidos respectivamente, en los artículos 175, 278, 472 y 87 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO JOSE HERNANDEZ BLANCO
SEGUNDO: Este Tribunal condena al adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, y en cuanto a la aplicación de la medida sancionatoria a imponer, analizadas y comparados cada una de las pautas, causas o factores determinantes de la medida sancionatoria aplicable, a tenor de lo previsto en el artículo 621 y 622 de la Ley Orgánica Para la Protecci.....